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4/03/2010 (21:33 h.)
UNA SENTENCIA TUMBA EL 'MODUS OPERANDI' DEL AYUNTAMIENTO QUE PRESIDE PACO GONZÁLEZ (PP)
'Barra libre' para recurrir sanciones urbanísticas en Mogán
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. - ALEXIS GONZÁLEZ
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Pierde un contencioso por instruir expedientes una interina. Es norma habitual en Disciplina Urbanística. La jefa de Servicio también ejerce de secretaria accidental.

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria deja en entredicho el modus operandi del Departamento de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Mogán, a la hora de instruir expedientes por infracciones de tipo urbanístico, nulos de pleno derecho al ser tramitados por parte de personal funcionario interino y no por funcionarios de carrera.

La sentencia, firmada por la magistrada Esperanza Ramírez Eugenio el pasado 19 de febrero, no sólo exonera a un vecino al pago de una multa de 7.500 euros por techar un pasillo de retranqueo y realizar obras en el interior de su vivienda, sino que abre a partir de ahora una auténtica barra libre para recurrir sanciones del mismo tipo -habituales en el Ayuntamiento de Mogán gobernado por Francisco González (PP)- si el Departamento de Disciplina Urbanística mantiene su proceder: instruir los expedientes una interina.

Contra la decisión de la juez cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior por parte del Ayuntamiento. Sin embargo, la magistrada se fundamenta en una sentencia del propio TSJC, de 1 de septiembre de 2000, que fija como garantía "de ineludible cumplimiento" en el proceso sancionador la "idoneidad del instructor del expediente".

Según el TSJC, debe ser un funcionario de carrera y no de empleo el instructor de los expedientes sancionadores porque estos tienen la característica de "ser un funcionario de confianza de quien lo nombra y no por su imparcialidad e independencia, que en principio sí debe presumirse al funcionario de carrera, lo cual no quiere decir, naturalmente, que la instructora de autos haya obrado sin tales cualidades".

En este caso concreto, la juez ha dictaminado en su fallo la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mogán, de 10 de marzo de 2008, por haber instruido el expediente sancionador la Jefa de Servicio de Disciplina Urbanística, Patricia Hernández, funcionaria interina del Consistorio.

Fuentes del Ayuntamiento sureño han confirmado a CANARIAS AHORA que es norma habitual la instrucción de expedientes sancionadores por parte de la Jefa de Servicio, que a su vez estaría ocupando ese cargo reservado a funcionarios de carrera.

El reciente aumento salarial en sus complementos retributivos a la Jefa de Servicio imputada en el caso Góndola ha determinado la decisión de los sindicatos mayoritarios (UGT, CCOO y CSI-CSIF) de abrir un contencioso-administrativo contra la aprobación de los Presupuestos municipales de 2010 y estudiar acciones ante la Fiscalía por presunta prevaricación del alcalde.

La interina también ejerce de secretaria accidental

Las fuentes consultadas por este diario apuntan a más irregularidades en el funcionamiento del Ayuntamiento de Mogán. En concreto, la propia Jefa de Servicio de Disciplina Urbanística y Actividades Clasificadas -persona de máxima confianza del alcalde- ha ejercido labores impropias de su condición de funcionaria interina: actuar como secretaria accidental del Consistorio, dando fe pública de acuerdos de Junta de Gobierno y plenos.

Los nombramientos de la funcionaria imputada en el caso Góndola en sustitución del secretario accidental, Ángel Sutil -también imputado y premiado por el alcalde en los Presupuestos municipales al crear una plaza de vicesecretario- figuran firmados por el propio Francisco González, y en la documentación remitida a los partidos de la oposición de los acuerdos de la Junta de Gobierno o de los plenos también se acredita la condición irregular de secretaria accidental de la funcionaria interina.

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00:41 h. - 7/03/2010
De:
jackson

politicos de mogan coructos ladrones y los que le dan voto son iguales que ellos por que la malloria tienen familiares trabajando puestos a dedo ,conosco ha mas de uno al que le han dado el examen que le va a tocar un dia antes de la convocatoria,

11:56 h. - 6/03/2010
De:
Victor

¿ Y de eso se extrañan Uds? En el Ayuntamiento de Telde, hasta no hace mucho, formaban parte de los tribunales los cargos de confianza. La presidenta del tribunal para examinar a un-a técnico-a (licenciado/ diplomatura) puede ser una concejala sin titulación alguna. Califica con la máxima puntuación ( 10) al recomendado-a de turno. Y se queda tan pancha.

16:15 h. - 5/03/2010
De:
Maspalomas

Como se ha dicho en otros comentarios, no solo ocurre en el ayuntamiento de Mogán, ocurre en otros como el de San Bartolomé, que convocan tribunales de para el acceso a un puesto de trabajo, con personal no funcionario, por lo tanto, se presume que todo aquel que no sea funcionario de carrera, no es independiente.....

12:19 h. - 5/03/2010
De:
Paco

El Ayuntamiento de Mogán no es la excepción sino la regla en los Ayuntamientos. El Ayuntamiento de Las Palmas de G. C. no convoca plazas de funcionarios, salvo bomberos y policías porque legalmente deben ser funcionarios, desde que asaltó la alcaldía PPmanuel Soria. Y si se restan polis y bomberos, los funcionarios técnicos y administrativos son una rara especie en extinción, igual que el tigre de bengala. No se convocan oposiciones libres, pues los meten a dedo como empleados laborales, hoy día son la inmensa mayoría, y mayormente familiares de corruptos sindicalista. Una estafa al ciudadano

11:38 h. - 5/03/2010
De:
Julio Bienvenvido Cárdenas Císcar

El gobierno... y sus socios.

11:34 h. - 5/03/2010
De:
ciudadano

No es correcta la información, o la sentencia, los interinos no son personal de confianza, y su trabajo es el mismo y con la misma cualificación. No son elegidos a dedo, sino que pasan pruebas. Deberían leerse el estatuto de los trabajadores públicos y el ROF, para que lo vean. Lo que es una verguenza es que la gente campe a sus anchas y se juzgue al funcionario, no al infractor o incluso al presunto delincuente según sea la clase de indisciplina que se trate. Los defectos de forma si los hubiere no tapan los hechos reales, el vecino infractor lo es, el funcionario sólo cumple con su obligació

Francisco González, alcalde de Mogán. (QUIQUE CURBELO)
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